La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución 33/2024 que establece las normas para el voto en casa para las personas con discapacidad física severa, condición motora severa o motivos graves de salud a los que les sea imposible trasladarse a los centros de votación en las elecciones del 19 de mayo.

El voto en casa solo se aplicará en el Distrito Nacional y en la provincia Santo Domingo. La JCE habilitó un portal para que las personas con esas condiciones se registren para ser evaluadas mediante un cuestionario de la Organización Mundial de la Salud (OMS). “La evaluación dará como resultado el listado definitivo de electores para el programa Voto en Casa”, explica la resolución. La JCE aún no ha informado a cuánto asciende el padrón de las personas que podrán votar en casa.

Para la implementación del programa, la JCE dispondrá de equipos móviles que contarán con tres integrantes, un presidente, secretario y un vocal, cada uno con su sustituto. También una persona que fungirá como supervisor, un representante de las organizaciones de las personas con discapacidad, un miembro de Policía Militar Electoral, un delegado de las organizaciones políticas acreditadas para tales fines y un chofer.

Una vez en la casa, la resolución de la JCE detalla el proceso que debe agotar el equipo para facilitar el ejercicio del voto a la persona, que consiste en seis pasos. Presentación de los integrantes del equipo, la persona debe entregar su cédula de identidad, se acondicionará un espacio escogido por la persona o sus familiares para colocar el pódium de votación, el presidente del equipo se asegurará de si la persona requiere o no asistencia, se procederá a entregar a la persona las boletas de los diferentes niveles de votación, concluido el marcado, la persona colocará las boletas en un sobre sellado.

Dicho sobre quedará bajo la responsabilidad del presidente del equipo móvil. Esos votos serán depositados en la junta electoral de cada demarcación y las rutas empiezan a las 7:00 pm y concluyen a las 5:00 pm.

Voto en 21 cárceles

Mediante la resolución 31/2024 la JCE establece el procedimiento para el voto penitenciario en 21 recintos carcelarios. Se trata de las cárceles Najayo Hombres y Najayo Mujeres, Najayo, Rafey Hombres, Rafey Mujeres, San Pedro de Macorís, La Isleta, Anamuya, Monte Plata, San Felipe de Puerto Plata, Cucama La Romana, El Pinito, Vista al Valle, Mao, Dajabón, Salcedo, Elías Piña, Nagua, 19 de Azua, 15 de Azua, Baní Mujeres.

Votación en cárceles tiene horario especial

La instalación de los colegios en los recintos penitenciarios comenzará a las 9:00 de la mañana, con la presencia de los delegados de los partidos políticos acreditados. Las votaciones serán desde las once de la mañana hasta las cinco de la tarde. En los recintos donde la cantidad de inscritos no exceda los 100, la instalación de los colegios será al mediodía y la votación empezará a las 2:00 pm y cierra a la 5:00 pm. El proceso de votación se hará en cinco pasos.

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