La defensa del exministro administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, califica de arbitrario el mantenimiento en prisión preventiva del exfuncionario público implicado en el denominado caso Calamar.

Santiago Rodríguez, Chanel Liranzo y Emery Colomby Rodríguez expresaron ayer su preocupación por la decisión de mantenerlo en prisión preventiva por un período de 18 meses, porque, a su entender, las resoluciones de los jueces que han rechazado el recurso de apelación como el habeas corpus, se basaron, presuntamente, en delaciones premiadas.

Refieren que las resoluciones de los tribunales carecen de la debida motivación en hecho y derecho.
Al participar en una entrevista en el programa “Despierta con CDN”, la defensa del exfuncionario enfatiza que la motivación es un requisito fundamental para la validez de cualquier sentencia o decisión jurisdiccional.

En ese sentido, Santiago Rodríguez sostiene que, al no contar con este elemento esencial, se justifica la arbitrariedad de la prisión de Peralta, lo que lleva a cuestionar la legalidad de su detención. Considera que el tribunal que conoció el recurso de habeas corpus debió ordenar su liberación inmediata.

En el caso de Peralta, dice que se evidencia una ausencia absoluta de motivación en las resoluciones tanto del tribunal que rechazó el habeas corpus como del juez de la instrucción que ordenó la prisión preventiva.

Plantea que esas resoluciones se basaron en la figura de la “peligrosidad procesal”, una fórmula que, según los abogados, debe ser debidamente explicada y fundamentada ya que simplemente declarar que una persona podría constituir un peligro para la investigación no es suficiente para justificar la prisión.

Dice que es necesario proporcionar una razón objetiva que demuestre por qué esa persona en libertad representaría una amenaza para la investigación.

En tanto que Emery Colomby Rodríguez explicó que uno de los puntos en los que se apoyaron para presentar el recurso de habeas corpus fue que el 4 de julio se vencían los tres meses de prisión preventiva que pesaban sobre Peralta.

Chanel Liranzo señala que las decisiones no contienen un juicio de proporcionalidad ni de peligrosidad respecto al imputado, requisitos inexcusables para este tipo de medida cautelar.

Anunciaron que seguirán utilizando las vías procesales establecidas en la Constitución y las leyes para verificar la legalidad y arbitrariedad de la prisión preventiva de su cliente, porque consideran que le han lesionado su derecho fundamental a la libertad.

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