El conteo regresivo para cumplir los plazos legales para las elecciones de 2024, arranca en febrero próximo y son 37 plazos fatales que los partidos políticos y la Junta Central Electoral (JCE) están obligados a cumplir conforme a la ley de Partidos 33/18 y la Ley Electoral 15/19.

El cronograma de la JCE establece las fechas de los plazos fatales.

En febrero, los plazos legales para fines de las elecciones del 2020, arrancan el 18, cuando faltará un año para los comicios municipales, y ese día es el límite para elevar la categoría de territorios para fines electorales, conforme el artículo 85 de la ley 15/19. Para las elecciones presidenciales y congresuales ese plazo vence el 19 de mayo.

El 18 de febrero también vence el plazo para hacer las solicitudes de reconocimiento de nuevos partidos que debe efectuarse con un tiempo límite de un año antes de la fecha de la elección según el artículo 16 de la ley 33/18.

El dos de junio vence el plazo para que los partidos presenten ante la JCE la determinación de las reservas de candidaturas para alianzas o fusiones correspondientes a las primarias simultáneas. El 17 es el plazo límite para que los partidos políticos publiquen y comuniquen a la JCE por escrito los cargos, posiciones y demarcaciones que correspondan al 20% de la reserva de candidaturas destinadas a las altas instancias de los partidos.

En julio está contemplado el inicio oficial de la precampaña para el domingo dos de ese mes, conforme a lo establecido por el artículo 41 de la ley de Partidos Políticos. En agosto la ley 33/18 contempla la entrega del registro de afiliados de los partidos políticos, lo que debe hacerse cada año. El 17 de ese mes, vence el plazo para entregar a la JCE la lista completa de los precandidatos que participarán en las primarias simultáneas, en caso que se hagan.

En octubre, hay una larga lista de plazos legales que arrancan el día 8, fecha límite para la publicación de la resolución que establece los topes de gastos de campaña. El 18 de ese mes, es la fecha límite para decidir sobre el reconocimiento de nuevos partidos y el 21 el cierre de inscripción de nuevos votantes para las elecciones de febrero.

Ese mes también es la fecha límite para escoger los candidatos a cargos de elección popular y el seis de ese mes, es el límite para dar a conocer los resultados de las primarias.

El 11 de octubre es la fecha tope para proclamar a los candidatos electos en las primarias y a más tardar el 29 deben ser escogidos los candidatos mediante otras modalidades de elección.

Proclama de municipales se dicta el 10 noviembre

En noviembre el plazo más importante es el día diez, fecha límite para dictar la proclama que deja iniciado el proceso electoral para los comicios de febrero. La proclama debe hacerse 100 días antes de las elecciones conforme el artículo 189 de la ley 15/19. El 25 de ese mes es la fecha tope para decidir sobre alianzas, fusiones y coaliciones. En diciembre hay diez plazos fatales, el más importante es el 20 que debe anunciarse el local de los colegios.

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