Trata de personas
Trata de personas

La trata de personas es un delito que implica la explotación a mujeres, niños y hombres con diversos propósitos, incluidos el trabajo forzoso y la explotación sexual. 

Entre los años 2018 y 2021, las autoridades dominicanas identificaron un promedio de 450 víctimas de la trata de personas en el país. Y en el primer semestre del 2022 se judicializaron unos 88 casos, sin contar la reciente operación Cattleya en la que se identificaron 80 víctimas más.

El Informe sobre la Trata de Personas 2022 publicado el 19 de julio por la Embajada de los Estados Unidos en la República Dominicana estable que “República Dominicana no cumple plenamente las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas, pero está llevando a cabo esfuerzos significativos para lograrlo”, lo que coloca al país en el nivel dos en este área.

Los esfuerzos que menciona dicho informe incluyeron la condena de más traficantes; la apertura de un refugio específico para la trata; la mejora de la detección de víctimas, la derivación a la atención y la recopilación de datos; la asistencia a gobiernos extranjeros en casos de trata; y el registro y la documentación de los migrantes venezolanos vulnerables a la trata.

Las víctimas de trata de personas en la República Dominicana son adolescentes, jóvenes, de zonas rurales, de barrios marginados y pobres, y con bajo nivel educativo, reveló un estudio Participación Ciudadana hace unos meses. 

La Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (P.E.T.T.) es la responsable de implementar una política criminal nacional de combate al crimen organizado con jurisdicción en todo el país, haciendo cumplir la Ley 137-03, que es la que sanciona los delitos de Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

Dicha ley data el año 2003 y penaliza todas las formas de tráfico laboral y algunas formas de tráfico sexual y estableciendo penas de 15 a 20 años de prisión y multas de hasta 175 salarios mínimos. 

 Pero, la ley requiere una demostración de fuerza, fraude o coerción para constituir un delito de tráfico sexual de niños y, por lo tanto, no criminaliza todas las formas de tráfico sexual en menores.  

Esto nos hace considerar como urgente una nueva ley sobre la trata de personas, pues una con casi 20 de años de antigüedad queda obsoleta frente al importante papel que hoy en dia juegan el internet y las redes sociales en la trata de personas.

La Ley 137 define la Trata de Personas como “la captación, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza, fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o a la concesión o recepción de beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación, para que ejerza cualquier forma de explotación sexual, pornografía, servidumbre por deudas, trabajos o servicios forzados, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o la extracción de órganos”.

El tipo penal de trata es considerado como una violación a los derechos humanos, ya que implica la vulneración a los derechos fundamentales de las víctimas.

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