Tanto en suelo insular como en órbita universal, suele darse la propensión de consagrar o juridificar medidas resolutorias para reservar determinadas fechas con miras a conmemorar o concelebrar ciertos acontecimientos patrios, eclesiales o días destinados a los servicios propios de los profesionales y así ha ocurrido con la efeméride del Ministerio Público, por cuyo asombro causado en el parnaso cultural interno resulta oportuno traer a colación las debidas introspecciones, retroalimentadas con los correlatos empíricos pertinentes.

En efecto, la efeméride del Ministerio Público vino a coincidir con el Día del Patricio Francisco del Rosario Sánchez, lo cual amerita hurgar en los anales históricos de nuestra vida republicana con el objetivo de situar en su justo contexto la causa material y teleológica para hacer converger semejante homenaje dedicado a los juristas prestadores de dicho servicio público con la fecha natalicia de este padre fundador de la dominicanidad.

A cualquier jurista le resulta sabido que la abogacía durante la época greco- romana fue un servicio dotado de excelsa honorabilidad, cuya práctica vendría a ser impropia de la clase plebeya, por cuanto se trató de un ministerio muy propincuo con la magistratura, reservado para una élite recipiendaria de connotados filósofos que hubieren cultivado la retórica o arte de la elocuencia y la lógica aristotélica, tales como Demóstenes de Atenas y Marco Tulio Cicerón, aunque fuere necesario asistirse de algún jurisprudente.

En nuestra realidad insular, cabe traer a colación que Francisco del Rosario Sánchez, impregnado de conocimientos compendiados en la filosofía política y moral, bajo la diestra enseñanza de Gaspar Hernández, optó por abrevar en las leyes codificadas de origen napoleónico, cuyo contenido permitía que cualquier ciudadano asumiera defensas técnicas de tipo criminal, por cuanto así este fundador de la república aprendió derecho en forma autodidacta, tras lo cual pudo ejercer el ministerio propio de la abogacía, en función de leguleyo, servicio jurídico de alto valor cívico para la época.

De ahí, debido a la formación por autoaprendizaje, afianzada mediante el ejercicio de la abogacía, él pasó a ocupar en 1849 la titularidad de Procuraduría Fiscal de Santo Domingo, por cuyo desempeño de dicha función pública cabe advertir la razón de ser para emitir la resolución administrativa con miras a dejar instituída la fecha nueve (9) de marzo de cada año como el Día del Ministerio Público en honor de este padre fundador de la dominicanidad.

En mérito a la prestación de tales servicios oficiales y privados, el Patricio Francisco del Rosario Sánchez obtuvo durante la primera república la licencia habilitante para ejercer la abogacía o defensoría pública, expedida a la sazón por la Secretaría de Estado de Justicia, tras haber demostrado sobrada ilustración jurídica en el arte de la litigación forense, dotada de la apropiada elocuencia dialéctica, pero luego de la restauración semejante atribución pasó bajo la incumbencia de la Suprema Corte de Justicia.

De este prócer de la patria, cabe abundar que prefirió el holocausto antes que perder la dominicanidad, por lo que al darse la anexión a España vino a repeler semejante acto abdicativo, pero cayó en cautiverio, adjunto a sus compañeros de lucha. Luego, en el juicio que se les siguió a todos los capturados ante el Consejo de Guerra optó por asumir su propia defensa, además de la de sus acompañantes, de cuya litigación forense pueden extraerse alegatos dignos de encomio.

Durante la defensa asumida, este abogado henchido de patriotismo puso de manifiesto en los alegatos enarbolados la carencia de la formalidad debida en cualquier juicio justo, sin pesquisa preliminar con miras a formular acusación, frente a ciudadanos que luchaban por el deber de mantener la independencia de su nación, máxime cuando el pueblo no fue consultado antes de materializar la anexión. Y tras de sí, inquirió por la ley aplicable, de suerte que la norma jurídica habilitante quedó en entredicho, pero ante todo impetró clemencia en beneficio de los otros justiciables, aun cuando fuese condenado a la pena capital.

Ello sabido, urge concluir diciendo que hay razones abundantes para haber elegido la fecha natalicia del consabido padre fundador con miras a concelebrar la efeméride del Ministerio Público, pero además este día también debiera ser la ocasión propicia de conmemoración de la abogacía y de la defensoría pública en nuestro país, sin ánimo de causar demérito alguno.

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