Recientemente fue emitido por el poder ejecutivo el decreto 312-22, que hace algunas modificaciones al decreto núm. 523-09, que aprueba el Reglamento de Relaciones Laborales en la Administración Pública, se contemplaron licencias y permisos con disfrute de sueldo en caso de maternidad y paternidad, algunos de los cuales es oportuno revisar para garantizar en su justa medida los derechos que conllevan tanto la maternidad como la paternidad.

Según el nuevo decreto, durante los primeros doce (12) meses del nacimiento de sus hijos, los servidores públicos (padres y madres) dispondrán de un (1) día cada mes, según su conveniencia, para procurarles la atención pediátrica. Asimismo, a partir de los tres (3) meses y hasta los cinco (5) años del nacimiento de sus hijos, los servidores públicos (padres y madres) dispondrán de hasta tres (3) permisos al año, cada uno de hasta tres (3) días, para atender a situaciones especiales de estos.

Para estos casos en particular, el decreto también prevé  buscar acuerdos de teletrabajo u otras modalidades de trabajo con los servidores públicos para garantizar la continuidad y fluidez de las actividades de la institución.

Estos permisos no son acumulables ni podrán tomarse de manera consecutiva.

También, el mismo contempla que, durante los primeros tres (3) meses del nacimiento de sus hijos, los servidores públicos (padres) dispondrán de quince (15) días hábiles de permiso, los cuales podrán utilizar de manera consecutiva o parcial.

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